lunes, 23 de julio de 2012

EXPLIQUE EN QUE CONSISTIÓ EL DECRETO CONSTITUCIONAL  PARA LA LIBERTAD DE LA AMÉRICA LATINA

8 comentarios:

  1. En base a los "SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN", escritos por el General JOSÈ MARÌA MORELOS Y PAVÔN,forma un Congreso Constituyente,dentro del cual todos tenían el mismo peso de opinión y voto y, Bajo la denominación de “Decreto Constitucional para la libertad de la América Latina”, sancionado en Apatzingán el 22 de octubre de 1814, aquellos patriotas encabezados por el Generalísimo Morelos, buscaban un alejamiento definitivo de la autoridad española y el inicio como nación independiente como una forma de gobierno Republicano y de acento popular.

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  2. y emiten así la Primera Constitución Política de nuestra nación

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  3. De la Constitución de 1814 sobresalen sus cuatro pilares: soberanía nacional, principio de autodeterminación, igualdad ante la ley, justicia económica y social; son muestra de la visión estadista del Generalísimo Morelos. Desde entonces las siguientes constituciones, hasta llegar a la de 1917 que actualmente nos rige, sostienen la misma línea de principios.

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  4. Establecía los derechos humanos de igualdad, seguridad, propiedad y libertad, la religión católica como la única reconocida en el país, así como la división de poderes, Para fines del sufragio, instituía juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia
    Se basaba en los principios de la Constitución de Cádiz, aunque un tanto modificados, pues, a diferencia de la española, preveía la instauración del régimen republicano de gobierno y no sólo defendía el principio de la soberanía popular, sino también el derecho del pueblo a cambiar al gobierno según su voluntad. Para la división de poderes. Morelos al ejecutivo lo dividido en tres personas; al legislativo como órgano absoluto y a el judicial como poder moderador

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  5. La Constitución de Apatzingán se componía de 2 títulos y 242 artículos, se basó principalmente en la Constitución de Cádiz pero de manera un tanto modificada, pues en oposición a la Constitución Española, preveía la instauración de un régimen Republicano de Gobierno. Los artículos más relevantes fueron:4
    1. La religión católica, apostólica, romana, es la única que se debe profesar en el Estado.
    2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga á los intereses de la sociedad, constituye la soberanía.
    5. Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la constitución.
    12. Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola corporación.
    13. Se reputan ciudadanos de esta América todos los nacidos en ella.
    19. La ley debe ser igual para todos...
    30. Todo ciudadano se reputa inocente, mientras no se declare culpado.
    42. (Las provincias de la América Mexicana): México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Oaxaca, Técpam, Michoacán, Querétaro, Guadalajara, Guanajuato, Potosí, Zacatecas, Durango, Sonora, Coahuila y el Nuevo Reino de León.
    El Gobierno Supremo, (Poder Ejecutivo), se componía de 3 personas que tenían igualdad de autoridad y responsabilidades; el gobierno se ejercería en una alternancia de cada cuatro meses. Su autoridad más directa, además de la naturaleza ejecutiva y administrativa, era garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos: la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad. El Supremo Gobierno fue ejercido por José María Cos, José María Liceaga y José María Morelos.
    La constitución realmente nunca tuvo validez ni fue aplicada. Casi un año después de su promulgación, su inspirador, José María Morelos y Pavón fue capturado y fusilado finalmente el 22 de diciembre de 1815 y así temporalmente las tropas realistas tomaron nuevamente el control de prácticamente todo el país, pero al final no pudieron impedir que la América Mexicana consumara su independencia, primero bajo el nombre de Imperio Mexicano que finalmente se convertiría en los Estados Unidos Mexicanos.

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  6. El decreto consistió en 2 títulos y 242 artículos, se basó principalmente en la Constitución de Cádiz pero de manera un tanto modificada, pues en oposición a la Constitución Española, preveía la instauración de un régimen Republicano de Gobierno. Los artículos más relevantes fueron:4
    1. La religión católica, apostólica, romana, es la única que se debe profesar en el Estado.
    2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga á los intereses de la sociedad, constituye la soberanía.
    5. Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la constitución.
    12. Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola corporación.
    13. Se reputan ciudadanos de esta América todos los nacidos en ella.
    19. La ley debe ser igual para todos...
    30. Todo ciudadano se reputa inocente, mientras no se declare culpado.
    42. (Las provincias de la América Mexicana): México, Puebla, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Oaxaca, Técpam, Michoacán, Querétaro, Guadalajara, Guanajuato, Potosí, Zacatecas, Durango, Sonora, Coahuila y el Nuevo Reino de León.
    El Gobierno Supremo, (Poder Ejecutivo), se componía de 3 personas que tenían igualdad de autoridad y responsabilidades; el gobierno se ejercería en una alternancia de cada cuatro meses. Su autoridad más directa, además de la naturaleza ejecutiva y administrativa, era garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos: la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad. El Supremo Gobierno fue ejercido por José María Cos, José María Liceaga y José María Morelos.
    La constitución realmente nunca tuvo validez ni fue aplicada. Casi un año después de su promulgación, su inspirador, José María Morelos y Pavón fue capturado y fusilado finalmente el 22 de diciembre de 1815 y así temporalmente las tropas realistas tomaron nuevamente el control de prácticamente todo el país, pero al final no pudieron impedir que la América Mexicana consumara su independencia, primero bajo el nombre de Imperio Mexicano que finalmente se convertiría en los Estados Unidos Mexicanos.

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  7. El documento recogía algunos de los principios políticos y aspiraciones de independencia de los "Sentimientos de la Nación". Aunque no pudo estar en vigor un solo día , porque amenazaba los intereses de los españoles, que aún dominaban al país, la Constitución de Apatzingán establecía los derechos humanos de igualdad, seguridad, propiedad y libertad, la religión católica como la única reconocida en el país, así como la división de poderes, Para fines del sufragio, instituía juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia.
    Se basaba en los principios de la Constitución de Cádiz, aunque un tanto modificados, pues, a diferencia de la española, la de Apatzingán preveía la instauración del régimen republicano de gobierno y no sólo defendía el principio de la soberanía popular, sino también el derecho del pueblo a cambiar al gobierno según su voluntad.
    Para la división de poderes Morelos el ejecutivo dividido en tres personas; el legislativo como órgano absoluto y el judicial como poder moderador.
    La Constitución de Apatzingán se dividió en dos partes, la primera, “Elementos Constitucionales”, en donde se consignan las garantías individuales y la segunda, “La Organización del Estado”, dividido en tres poderes, otorgándole al legislativo las funciones políticas y las propias de legislación, dentro de la parte Principios o Elementos Constitucionales destacaban:
    Soberanía popular; Abolición de la esclavitud; Igualdad ante la ley; Respeto a la libertad y los derechos, que no se podían perder sin juicio previo y oyéndose al afectado; Inviolabilidad del domicilio; Proscripción de la tortura; Administración tributaria más humana.
    El Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana es el primer documento del México independiente, en el que aparece por vez primera la instauración de un Supremo Tribunal de Justicia, antecesor de la actual, H. Suprema Corte de Justicia de la Nación; y si bien el citado decreto careció de real vigencia, no por ello deja de ser, históricamente, un importante antecedente en el establecimiento de la justicia nacional.

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  8. México ha tenido diversas constituciones a lo largo de su historia. Algunas han sido centralistas, es decir, que establecen el poder en un solo órgano que controla todas las decisiones políticas del país y otras federalistas, como la actual, que reconocen la soberanía de los estados pero cuentan con mecanismos de coordinación para asuntos de la República como un todo.
    Las leyes fundamentales emanadas de un Congreso Constituyente en México son:
    • Acta constitutiva de la Federación y la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 1824.
    • Las Siete Leyes Constitucionales, de 1835-1836.
    • Bases orgánicas de la República Mexicana de 1843.
    • Acta constitutiva y de Reformas , de 1847.
    • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, de 1857, y
    • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de 1917.
    La primera constitución propiamente mexicana es la de 1824, ya que en ella se descarta todo tipo de legislación extranjera y se proclama el ejercicio absoluto de la soberanía y la autodeterminación.
    Antecedentes fundamentales para la elaboración de la primera constitución mexicana fueron la española de Cádiz de 1812, los "sentimientos de la Nación", de José María Morelos, y el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, o Constitución de Apatzingán, de 1814.
    CONSTITUCIÓN DE APATZINGÁN
    DECRETO CONSTITUCIONAL PARA LA LIBERTAD DE LA AMÉRICA MEXICANA
    El 22 de octubre de 1814, el Congreso, reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Calleja, promulgó la primera Constitución de México. Un documento con importantes principios políticos que reflejaban la necesidad de lograr una organización propia y autónoma; fue el concebido por Morelos en 1813, los "Sentimientos de la Nación", donde exponía, entre otros puntos, que "América es libre e independiente de España y de cualquier otra nación, gobierno o monarquía", y que la soberanía dimana esencialmente del pueblo.
    Morelos conjuntó esfuerzos de diversos grupos que desde 1810 habían emprendido la guerra por la independencia y , así, en un Congreso Constituyente itinerante, se expidió en octubre de 1814 el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, mejor conocido como Constitución de Apatzingán.
    El documento recogía algunos de los principios políticos y aspiraciones de independencia de los "Sentimientos de la Nación". Aunque no pudo estar en vigor un solo día , porque amenazaba los intereses de los españoles, que aún dominaban al país, la Constitución de Apatzingán establecía los derechos humanos de igualdad, seguridad, propiedad y libertad, la religión católica como la única reconocida en el país, así como la división de poderes, Para fines del sufragio, instituía juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia.

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