miércoles, 1 de agosto de 2012

comente el fundamento legal constitucional de la división de poderes en el estado mexicano.

7 comentarios:

  1. En el título Tercero, cápítulo I. De la división de poderes. Artículo 49

    El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

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  2. Conforme el artículo 49 de la Constitución política de los estados unidos mexicanos se divide en legislativo, ejecutivo y judicial.

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  3. ARTICULO 49. EL SUPREMO PODER DE LA FEDERACION SE DIVIDE PARA SU EJERCICIO EN LEGISLATIVO, EJECUTIVO Y JUDICIAL.

    la separación de poderes es una condición necesaria para la libertad: "cuando el poder legislativo esta unido al poder ejecutivo en la misma persona o en el mismo cuerpo, no hay libertad". Tampoco hay libertad " si el poder judicial no está separado del legislativo, ni del ejecutivo si va unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, pues el juez sería al mismo tiempo legislador. Si va unido al poder ejecutivo, el juez podría tener la fuerza de un opresor..el poder frena al poder

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  4. En la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos el título Tercero, cápítulo I. De la división de poderes. Artículo 49

    El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

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  5. Conforme al Articulo 49. El supremo poder de la federación se divide para su ejercicio en legislativo, ejecutivo y judicial.

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  6. El Estado tiene necesariamente algunos fines o metas que alcanzar para lo cual está compuesto por una serie de órganos con funciones específicas.
    El principio de la División de Poderes constituye uno de los fundamentos de todo régimen democrático, en cuanto que los poderes en su actuación están frenados por los otros poderes, están limitados por el derecho, quedando obligados a realizar estrictamente las funciones que a cada uno le corresponde.
    Los poderes de la Unión están divididos en tres, el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial; el primero crea las leyes, el segundo las ejecuta y el tercero asume la facultad discrecional de proteger los intereses privados y particulares, además realiza la función jurisdiccional.
    El artículo 49 de la Constitución establece que el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más poderes en una sola persona o corporación

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  7. En la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
    Titulo tercero.
    Capitulo I de la divición de poderes.
    El supremo poder de la federación se divide para su ejercicio en legislativo,ejecutivo y judicial.

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